Desde que comenzó la carrera electoral, las autoridades que postulen a la reelección u otros cargos, no pueden infringir las reglas de neutralidad cuando se usa el nombre de la institución pública a la que sirve, precisó el comisionado de la Defensoría del Pueblo, Pier Marzo Rodríguez.
Sostuvo que varias municipalidades distritales de Huánuco, entre ellas de Amarilis y Pillco Marca, cuyos alcaldes postularán a la reelección, estarían en la mira por incumplir la norma que prohíbe publicitar obras en período de elecciones.
El representante detalló que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante oficio Nº-215-2010 DP/PAD encargó al Jurado Electoral Especial (JEE) de Huánuco la supervisión de la reglas electorales.
Pier Marzo Rodríguez señaló que el uso de publicidad estatal es prohibido e ilegal, quienes infringen la norma pueden corregir, pero hay sanción para quienes reinciden, precisó a un diario el local.
Las sanciones para quienes no acaten la prohibición van desde los S/. 108,000 hasta los S/. 360,000.
Ley Orgánica de Elecciones cautela que el derecho a participar en la vida política del país en condiciones de igualdad y neutralidad
Sostuvo que varias municipalidades distritales de Huánuco, entre ellas de Amarilis y Pillco Marca, cuyos alcaldes postularán a la reelección, estarían en la mira por incumplir la norma que prohíbe publicitar obras en período de elecciones.
El representante detalló que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante oficio Nº-215-2010 DP/PAD encargó al Jurado Electoral Especial (JEE) de Huánuco la supervisión de la reglas electorales.
Pier Marzo Rodríguez señaló que el uso de publicidad estatal es prohibido e ilegal, quienes infringen la norma pueden corregir, pero hay sanción para quienes reinciden, precisó a un diario el local.
Las sanciones para quienes no acaten la prohibición van desde los S/. 108,000 hasta los S/. 360,000.
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